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Accidentes de trayecto: qué hacer y cómo activar la cobertura laboral

La Suseso recordó que los accidentes durante el recorrido directo entre el hogar y el trabajo pueden estar cubiertos por el seguro laboral. Conoce qué pasos tomar y cómo respaldar el caso.

17/10/2026 4 min de lectura 76 vistas
Cruce urbano con senda peatonal, ciclovía y paradero que representan el trayecto entre el hogar y el trabajo.

Si sufres un accidente camino al trabajo o de regreso a casa, ¿qué debes hacer para acceder a la cobertura laboral? La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) publicó el 16 de octubre una orientación sobre los accidentes de trayecto y los pasos para pedir atención. La protección puede aplicar tanto si ibas caminando como si viajabas en transporte público, bicicleta, moto o auto, siempre que se cumplan las condiciones del seguro.

La noticia importa porque estos accidentes ocurren fuera del recinto laboral, pero pueden afectar directamente la salud y los ingresos de una persona trabajadora. Actuar pronto, informar lo sucedido y guardar antecedentes facilita que la mutualidad o el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) evalúe si corresponde reconocer el origen laboral.

Qué se considera accidente de trayecto

La Suseso describe como accidente de trayecto el que ocurre en el recorrido directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo. También puede abarcar el desplazamiento entre dos lugares de trabajo, incluso si pertenecen a empleadores distintos. La calificación depende de las circunstancias del caso y de que exista relación entre el viaje y el trabajo.

“Directo” no significa que todos los trayectos deban ser idénticos. Lo relevante es poder explicar el recorrido y por qué el traslado estaba vinculado a la jornada laboral. Una desviación o interrupción puede influir en la evaluación, por lo que conviene describir con precisión qué ocurrió, sin asumir por cuenta propia que el accidente será aceptado o rechazado.

Qué hacer inmediatamente después

La prioridad es recibir atención médica. Según la orientación de la Suseso, la persona debe acudir al centro de salud de la mutualidad o del ISL que le corresponda. Si se trata de una urgencia, puede recibir atención en el centro médico más cercano. No conviene postergar la consulta para resolver primero trámites administrativos.

Tan pronto como sea posible, informa el accidente al empleador y entrega los datos que permitan reconstruirlo: fecha, hora, lugar, medio de transporte y circunstancias. Si tienes documentos o antecedentes que ayuden a establecer el recorrido, como comprobantes, registros de atención o datos de testigos, mantenlos disponibles. El objetivo es entregar información concreta y coherente, no elaborar una explicación jurídica.

Quién presenta la denuncia

El empleador debe presentar la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) ante la mutualidad o el ISL. Sin embargo, si no lo hace, la persona afectada también puede presentar la denuncia; la Suseso indica que pueden hacerlo además sus familiares u otras personas. Por eso, si la gestión se demora, pregunta a la mutualidad o al ISL cómo ingresar el antecedente directamente y conserva el comprobante de recepción.

La denuncia inicia la evaluación, pero no equivale por sí sola a una calificación definitiva. La institución correspondiente revisa los antecedentes para determinar si el accidente tiene origen laboral y qué cobertura procede. Entregar información completa desde el inicio puede evitar que falten datos esenciales durante ese análisis.

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Si la mutualidad o el ISL rechaza el origen laboral

Si la institución concluye que el accidente no es laboral y no estás de acuerdo, puedes presentar una reclamación ante la Suseso, que fiscaliza el funcionamiento del seguro. Reúne la resolución recibida y los documentos que respalden tu relato, y revisa los canales oficiales para conocer el procedimiento vigente. Es útil ordenar los antecedentes por fecha y guardar copias de lo enviado.

En paralelo, pide que te expliquen qué antecedentes se consideraron y cuál fue el motivo de la decisión. Esa información permite enfocar mejor una reclamación y distinguir si existe un desacuerdo con los hechos, con la interpretación del trayecto o con un documento faltante.

Qué pueden hacer las personas y los empleadores

Para quien trabaja, un registro breve del trayecto habitual y de los datos del incidente puede ser útil si ocurre una emergencia. No se trata de anticipar un accidente, sino de saber a quién avisar y qué información guardar. También conviene conocer qué mutualidad o ISL cubre a la empresa.

Para empleadores y equipos de personas, la noticia es una oportunidad para revisar el protocolo: quién recibe el aviso, cómo se completa la DIAT y cómo se orienta a la persona hacia atención médica. La respuesta debe ser rápida, clara y respetuosa; no corresponde desalentar una denuncia ni prejuzgar si el hecho será aceptado.

Una regla práctica

Ante un accidente durante el traslado, prioriza la atención, comunica el hecho pronto y conserva los antecedentes del recorrido. La cobertura no depende exclusivamente del vehículo utilizado: depende de la relación del desplazamiento con el trabajo y de la evaluación del caso. Conocer esta ruta ayuda a proteger la salud y a evitar que la incertidumbre sobre el trámite retrase la solicitud de atención.

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